Vocación a la Santidad

ETAPA DEL PROCESO DEL MILAGRO: BEATIFICACIÓN

¿Por qué la Iglesia necesita un milagro para proseguir con una causa de canonización? El milagro es la señal con la que Dios habla al hombre, en este caso, a su Iglesia… Cuando se llega a la certeza de que la persona ha vivido ejercitando de forma heroica las virtudes cristianas, el Santo Padre, en nombre de la Iglesia, tiene que proceder a la proclamación de la santidad.

Al ser una materia difícil la de juzgar la santidad de una persona, la Iglesia teme cometer errores y necesita explícitamente una intervención de Dios para saber que las conclusiones a las que han llegado son justas. El milagro es como una especie de sello que Dios mismo pone sobre los documentos, afirmando que lo que contienen es cierto.

Dice el Prefecto Emérito para las Causas de los Santos, que “la santidad es la unión entre Dios y la persona, y de la persona con Dios. Por eso se necesita un milagro, no para confirmar que esa persona es santa, sino que es una pequeña muestra que confirma que esa persona está en comunión con Dios.

Se debe instruir una investigación diocesana para el estudio del posible milagro atribuido a la intercesión del fiel declarado Venerable. Este estudio se hace en la diócesis del lugar en que ha sucedido el hecho considerado milagroso, y luego también es remitido a Roma.

Se considera milagro a estos efectos un hecho que no es explicable por causas naturales, y que se atribuye a la intercesión de un Siervo de Dios. La mayoría de los milagros son de naturaleza médica, pero es posible investigar milagros de otro tipo; en cualquier caso, el milagro debe ser físico. Se tratará de un milagro si tiene tres características fundamentales: es inmediato, completo y duradero.

En el caso de milagros médicos, son útiles las pruebas médicas anteriores y posteriores a la curación, así como el testimonio de los médicos. Hay que demostrar que la curación fue por intercesión del Siervo de Dios, debiendo testificar, por lo tanto, la persona que le haya pedido el favor, que puede ser el beneficiado por el milagro u otra persona. El postulador deberá buscar asesoramiento de un buen médico con recto criterio antes de comenzar el proceso.

Al igual que en el proceso de virtudes heroicas, el postulador iniciará el proceso en el tribunal competente y propondrá las pruebas pertinentes. En la investigación diocesana se recogen las pruebas de testigos, documentación y declaraciones. Una vez recibida esta investigación en Roma, la Congregación para las Causas de los Santos la examina nuevamente y, si procede, decreta la validez de la investigación diocesana y se comienza la elaboración de otra Positio sobre este proceso del milagro (con su propio Sumario e Informatio), igual que en el proceso de virtudes y vida heroica.

Hay que resaltar que el milagro pedido por la Iglesia no es declarado como tal por las autoridades eclesiásticas. El verdadero juicio fundamental sobre la naturaleza de aquel hecho viene de la ciencia. Como generalmente estos milagros son curaciones, la Iglesia encarga el examen a una Comisión Médica, compuesta por 60 expertos especialistas en diversos campos de la medicina, de fama internacional, incluso no creyentes. Son ellos quienes examinan, y se sirven de su experiencia y de todos los medios científicos posibles.

Si llegan a la conclusión de que se trata de una curación inexplicable desde un punto de vista científico, entonces interviene la Iglesia, que debe confirmar si el milagro ha sido realizado por intercesión del candidato a los altares. Una Comisión de Teólogos examina otra vez el caso, para ver si la inexplicabilidad encontrada por los médicos no es fruto de otros fenómenos, emitiendo su voto. Si es favorable, pasa al grupo de Cardenales y Obispos. Si los tres informes son positivos, encontrando señales inconfundibles de la intervención de Dios, se llega a la conclusión de que aquel suceso es un verdadero milagro.

Es entonces cuando se presenta al Santo Padre, que si lo estima conveniente, emite un decreto por el que se aprueba el milagro, estableciendo la fecha de la Beatificación. Para la beatificación, el Papa suele designar un Cardenal que la realiza en su nombre, normalmente el Prefecto de la misma Congregación para las Causas de los Santos.

La ceremonia puede darse en el lugar que ha promovido la beatificación o en otro considerado idóneo, aunque a petición de los Obispos puede ser en Roma. La beatificación se celebra dentro de la celebración eucarística y es el primer paso que permite al candidato a los altares ser venerado en su diócesis. A partir de ese momento la persona es declarada Beata.


La Canonización